Muchas leyes y pocos incentivos en el sector automotor
Ante la reciente publicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, que circuló este jueves en Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.117, y prevé el ajuste en los precios de vehículos en el territorio nacional, existen algunas comparaciones pertinentes entre en nuevo instrumento y la sancionada –y hasta hoy, no promulgada- Ley que regula la compra y venta de vehículos nuevos y usados.
El decreto número 625, que atiende el tema de la regulación de precios y políticas de producción e importación automotriz, tiene como objetivo “establecer el régimen de producción de vehículos automotores ensamblados y comercializados en el país, así como el precio justo de venta de los mismos, y la importación de vehículos por personas naturales con divisas propias”, según rezó en su aparición en Gaceta el día de ayer.
Misma rentabilidad
Entre las principales medidas que expuso el decreto se hallaron la obligación, por parte de las ensambladoras de vehículos de rendir cuentas semanales, -a diferencia de la legislación aprobada que plantea rendiciones mensuales- sobre su producción y distribución; las comercializadoras también deberán reportar semanalmente su venta y los precios de vehículos nuevos serán asignados “a puerta de fábrica” en los próximos 20 días mientras que, al igual que en la ley, el decreto establece que los usados no podrán exceder el precio de los nuevos.
De igual forma, en cuanto al tema de la “rentabilidad” del comerciante -abordada en el artículo 5 de la legislación sancionada-, el decretomantiene líneas similares. Según los artículos tres y cuatro del mismo, el margen de comercialización será establecido por los ministerios de Comercio e Industrias y calculado sobre la base de la “estructura de costos (de los concesionarios) y ganancia razonable”. Es decir, el margen de ganancia seguirá siendo determinado por las autoridades y no por los empresarios.
Importe usted
Por otra parte, aunque existan similitudes, también hay discrepancias. Entre las diferencias que mantiene el nuevo decreto con respecto a la engavetada ley está, principalmente, la importación de vehículos por parte de particulares y la restricción de su reventa por al menos 36 meses.
“En las discusiones (de la ley) siempre se planteó la necesidad de que el venezolano pudiera importar. En las reuniones con ensambladoras, (éstas) nos dijeron que no habían adquirido las divisas a tiempo para producir. Los vehículos son muy costosos. Era mejor comprar los vehículos fuera de Venezuela, donde estaban a dólar libre. Pero eso no recibió apoyo por parte de los miembros de la Comisión”, dice el diputado Richard Blanco, vicepresidente de la Comisión Permanente de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN), quien participó en la discusión del instrumento legal.
Mariel Torres
mtorres@dinero.com.ve
El Dato
20 días, como máximo, tendrán los minsiterios para definir precios justos
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