Turistas podrán vender sus dólares
Las personas naturales no residentes en el país, que ingresen al territorio nacional a través de terminales legalmente dispuestos, podrán vender anualmente hasta $10.000 americanos o su equivalente en otra divisa. Así lo convinieron el pasado 3 de octubre el ministro de Finanzas, Nelson Merentes, y el presidente del Banco Central de Venezuela (BCV), Eudomar Chacón. La medida será aplicada desde su publicación el día de hoy en Gaceta Oficial número 40.283.
Según lo referido en el Convenio Cambiario número 23 de la publicación, los operadores cambiarios autorizados para tramitar las operaciones serán los Bancos Universales de carácter público, “así como cualquier otro ente o sujeto que el BCV autorice a tal efecto”. El precio de la venta será el expuesto como cambio de compra, en la página web del Banco Central.
Por su parte, los operadores cambiarios podrán retener el 25% de las divisas adquiridas por el arreglo, mientras que el restante deberá ser vendido al BCV.
Los usuarios, que se planteen estar en el país más de una noche y menos de un año, podrán acceder al beneficio a través de las taquillas de operadores instaladas en los aeropuertos y puertos autorizados.
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