Venezuela fija normas para el cambio de divisas de turistas
Los turistas extranjeros que lleguen a Venezuela que paguen servicios con bolívares, deberán mostrar un comprobante de cambio legal de divisas, según estableció una disposición del Ministerio de Turismo.
La resolución, publicada en la Gaceta Oficial, establece que los prestadores de servicios deben exigir a los turistas extranjeros que paguen en moneda nacional un comprobante de cambio legal de divisas el que puede ser exigido luego por las autoridades.
Señala que los establecimientos que presten alojamiento a turistas extranjeros y las agencias de viaje deben remitir mensualmente el listado con la identificación de los turistas foráneos que hayan recibido y el monto en divisas de sus operaciones.
Añade que las transacciones en divisas que realicen esos prestadores de servicios turísticos deben notificarse a Mintur y al Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), en un plazo que no supere los 15 días hábiles a partir de la fecha de la transacción.
La resolución establece asimismo que para que los prestadores de servicios obtengan o renueven su Licencia de Turismo deben abrir obligatoriamente una cuenta bancaria en el país para depositar las divisas obtenidas por el ejercicio de su actividad turística. Con información de Notimex.
(Tiberio Tenias, Director General de la Oficina de Tecnología de Información y Comunicación; Menkar Valladares, Director General de la Oficina Estratégica de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas; Edgar Valero, Director General E del Despacho del Ministro, entre otros). Con información de Notimex.
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