Viernes 07 de Agosto de 2026

Autorizan casas de cambio para sistema alternativo de divisas

MERCADO
“La actuación de las casas de cambio en el mercado alternativo de divisas, en términos de las operaciones autorizadas a realizar en el mismo como intermediarios especializados en operaciones cambiarias al menudeo, será regulada por el Banco Central de Venezuela mediante la normativa que dicte al efecto”, indica el convenio que fue publicado en la Gaceta Oficial 40.387.

Las casas de cambio están autorizadas para participar en el Sicad II, según el convenio cambiario número 28 publicado el lunes en la Gaceta Oficial.

“La actuación de las casas de cambio en el mercado alternativo de divisas, en términos de las operaciones autorizadas a realizar en el mismo como intermediarios especializados en operaciones cambiarias al menudeo, será regulada por el Banco Central de Venezuela mediante la normativa que dicte al efecto”, indica el convenio que fue publicado en la Gaceta Oficial 40.387.

Agrega que la tasa de cambio aplicable a las operaciones de compra y venta de divisas que realicen esas casas a las personas naturales será la de Sicad II.

Aquellas que deseen participar en ese mercado alternativo deberán obtener la autorización del BCV y del Ministerio de Economía, Finanzas y Banca Pública.

Para más información ir al siguiente link del BCV

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