TSJ ratifica decreto de Emergencia Económica por cuarto año
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional por cuarto año consecutivo.
La medida de Estado de Excepción y Emergencia Económica es de uso frecuente por el Gabinete de Nicolás Maduro desde 2014. El decreto tiene como figura hasta 90 días aplicación y renovación por 90 días más.
A pesar que la Constitución Bolivariana de Venezuela estipula las prórrogas del Decreto de Excepción y Emergencia Económica deben ser aprobadas por el parlamento, según el artículo 338, el Tribunal Supremo de Justicia es quien le ha dado legalidad a los decretos y prórrogas del Gabinete de Nicolás Maduro.
“Artículo 338. La aprobación de la prórroga de los estados de excepción corresponde a la Asamblea Nacional. Una ley orgánica regulará los estados de excepción y determinará las medidas que pueden adoptarse con base en los mismos”.
El presidente de la Sala Constitucional, magistrado Juan José Mendoza, señala que el Decreto número 3.736 publicado en la Gaceta Oficial número 6.424 cumple con los principios y normas contenidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Además, se avala en tratados internacionales sobre derechos humanos “válidamente suscritos y ratificados por la República y en la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción”, refiere la sentencia.
Los Estados de Excepción y Emergencia económica han sido ejecutados como medidas del Gabinete de Nicolás Maduro, para tomar medidas extraordinarias frente a la gran depresión económica que afronta Venezuela.
Por Aura Cumare
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