Lunes 06 de Mayo de 2024

TSJ suspendió embargo al Provincial

TRIBUNAL
La sentencia, de fecha 11 de febrero, embargaba por más de 82 millones de bolívares al banco por estimación e intimación de honorarios profesionales

Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suspendió este jueves el embargo preventivo decretado sobre los bienes del Banco BBVA Provincial el pasado martes.

La sentencia del Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa de TSJ, de fecha 11 de febrero, dictaba el embargo preventivo sobre bienes inmuebles propiedad de la institución financiera hasta la cantidad de Bs. 82.698.823,35, en el marco de la demanda por “estimación  e intimación de honorarios profesionales” que fuera introducida por la República contra la institución financiera.

Al respecto, el banco esgrimió mediante comunicado de prensa que la “medida de embargo se produce, al haberse declarado sin lugar la demanda intentada en su oportunidad por la entidad financiera, por el cobro de unos Pagarés emitidos por la República, lo cual conllevó su condenatoria en costas”.

Así pues, el Juzgado de Sustanciación decidió, en concordancia con el artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, -que  establece que el tribunal tendrá la potestad de establecer las medidas cautelares que estime pertinentes, a petición de las partes-, suspender el embargo, y acordó oficiar a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) y a la Procuraduría General de la República.

Por su parte, previo a la suspensión de la medida, la entidad buscó transmitir a sus usuarios un mensaje de seguridad y señaló que la entidad goza de solvencia suficiente para responder al pago exigido.

“Como entidad financiera responsable y transparente, BBVA Provincial pone en relieve su solvencia económica, teniendo un patrimonio que excede con creces el monto de dicha contingencia, contando con más de Bs.18.000.000.000 reflejados en su Balance. Por tal motivo, desea transmitir un mensaje de tranquilidad, ya que no tendrá inconveniente alguno en caucionar o afianzar la obligación derivada del embargo preventivo decretado, en aras de suspender su ejecución”, cerró el comunicado.

 

 

 

 

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