Claves de la ley del Bono Alimentario para jubilados y pensionados
En sesión ordinaria de la Asamblea Nacional (AN), este miércoles fue sancionada la Ley de Bono de Alimentación y Medicamentos para Jubilados y Pensionados.
-La Ley del bono alimentario es un instrumento legal en beneficio al ingreso mensual de los pensionados y jubilados del sector público y privado.
-El beneficio lo disfrutarán los venezolanos que reciben una pensión otorgada por la Ley del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) o por algún ente público. Incluye: pensión por vejez, por invalidez, por incapacidad parcial, de sobreviviente y por discapacidad.
-El valor del beneficio será de 67 Unidades Tributarias (UT) mensuales, es decir, 11.859 bolívares.
-El pagador podrá cancelar el beneficio en efectivo, o bien a través de cupones, tickets, o tarjetas eléctricas, emitidas por empresas especializadas.
-La ley contempla que la persona que reciba una o más pensiones por parte del IVSS, recibirá el pago de un solo bono, de acuerdo con lo establecido en la Ley del Seguro Social.
-La Asamblea Nacional, con mayoría opositora al Gobierno nacional, dijo como argumento en los debates contra el Polo Patriótico, que “hay dinero para la compra de armas y otros gastos excesivos, también debe haber recursos económicos para pagar el Bono para Alimentos y Medicinas a pensionados y jubilados venezolanos, que vendría a mejor su sistema de vida”.
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Este sistema representó el 5,85 % de lo liquidado, mientras que los sistemas administrados de 6,30 bolívares por dólar y Sicad de 13,50 bolívares por dólar significó el 94,15%.
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