Empresas deben inscribirse en Registro Nacional de Entidades de Trabajo
El Ministerio del Proceso Social del Trabajo, publicó en la Gaceta Oficial N° 40.655 de fecha 7 de mayo de 2015, la resolución en la que se regula el Registro Nacional de Entidades de Trabajo (Rnet), en el que deben inscribirse de manera obligatoria las empresas públicas, privadas, mixtas y de propiedad social.
Esta resolución establece que el ministerio recabará los datos referidos a la materia de proceso social del trabajo y de seguridad social de todas las entidades de trabajo del país.
Para inscribirse hay que llenar una planilla electrónica a través del portal web del Ministerio del Trabajo, www.mpppst.gob.ve, de allí se obtendrá el Número de Identificación Laboral (NIL) emitido a través de certificado electrónico.
Las empresas privadas deben presentar declaraciones trimestrales dentro de los 15 días hábiles siguientes a la culminación de cada período, donde deberán suministrar la información del desarrollo del proceso social del trabajo, condiciones de trabajo, de salud y seguridad laboral, así como los datos de seguridad social.
Las empresas inscritas en el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos deberán ingresar al Rnet a objeto de actualizar sus datos dentro de un lapso de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la publicación de esta Resolución.Tomando el pulso
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