BCV fija criterios para calcular intereses de depósitos de ahorro
El Banco Central de Venezuela emitió una circular dirigida a las instituciones bancarias referente al cálculo de los intereses que les corresponde pagar por los depósitos de ahorro. En la misma se señala que "para los depósitos de ahorro recibidos del público, incluidas las cuentas de activos líquidos, las instituciones bancarias deberán determinar el saldo diario del instrumento de captación respectivo, conforme a los lineamientos previstos al efecto en el Parágrafo Único del artículo 2 de la aludida Resolución N° 13-11-02, y sobre éste aplicar la tasa de interés correspondiente, que no podrá ser inferior a la establecida por el Banco Central de Venezuela en dicho instrumento normativo".
Mientras que para las personas que posean en un mismo banco "más de una cuenta de depósitos de ahorro, incluidas las cuentas de activos líquidos, el saldo a ser considerado para la determinación de la tasa de interés aplicable, será la correspondiente a cada producto de captación, independientemente de la posición consolidada de tales productos".
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