Máximo tribunal ordena General Motors mantener operativa planta pese a embargo
La sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible un recurso intentado por la automotriz estadounidense General Motors sobre el embargo de su planta y le ordenó mantener la operatividad.
"La referida ejecución (del embargo) debe cumplirse sin que se produzca la paralización de la planta, pues si bien afecta a bienes de su propiedad no está relacionado directamente con la operatividad de la misma", según la sentencia 374 de 2017 de la sala constitucional.
Con la decisión, General Motors tendría que seguir operando, pero con la planta embargada, de manera de garantizar que los trabajadores sigan laborando.
Recientemente, la empresa dijo en un comunicado que su salida de Venezuela es irreversible tras la decisión del TSJ.
La medida de embargo fue solicitada por Automotriz Latino, C.A. y El Centro Mercantil, C.A. contra General Motors de Venezuela.
"Deben garantizarse en forma absoluta los derechos de todos los trabajadores y las trabajadoras de la empresa sobre la cual recayó la medida de embargo ejecutivo ordenada el 4 de abril de 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, conforme a los postulados del derecho al trabajo y seguridad social previstos en el Texto Fundamental en su artículo 89", señaló el Tribunal Supremo de Justicia en una nota de prensa.
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