Viernes 19 de Abril de 2024

Publicada Ley Orgánica de Precios Justos

INSTRUMENTO
La normativa establece el 30% como margen máximo de ganancia y hasta 10 años de cárcel por incurrir en especulación

Este viernes salió publicado en Gaceta Oficial número 40.340 el decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley  Orgánica de Precios Justos.

Tras larga espera, el instrumento que estará destinado a “asegurar el desarrollo armónico, justo, equitativo, productivo y soberano de la economía nacional, a través de la determinación de precios justos de bienes y servicios”.

Para ello, la Ley establece como herramientas el análisis de las estructuras de costos, la fijación de un porcentaje máximo de ganancia de 30% y la fiscalización efectiva de la actividad económica y comercial del país, entre otros puntos.

Además, el texto establece la creación de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), que estará encargada de “ejercer la rectoría, supervisión y fiscalización de costos y determinación de márgenes de ganancias y precios”.

Penalizaciones

La Ley de Costos Justos  establece una serie de penalizaciones para los que no cumplan con las directrices establecidas. Las infracciones genéricas tendrán multa entre 200 y 5.000 unidades tributarias (UT). Quien reincida en estas infracciones será sancionado con 10.000 UT además del cierre de almacenes, depósitos o establecimientos hasta por 90 días.

Quien venda productos alimenticios o bienes vencidos o en mal estado recibirá multa entre 200 y 10.000 UT.

En cuanto a la especulación, que implica la venta de bienes o prestación de servicios superiores a los fijados, serán sancionados por vía judicial con prisión de 8 a 10 años. Igualmente serán sancionados con ocupación temporal del almacén o establecimiento hasta por 180 días y multa de 1.000 a 50.000 UT.

Por Importación de Bienes Nocivos a la Salud, la Ley habla de sanción con prisión de 6 a 8 años, mientras que por Acaparamiento se establece prisión de 8 a 10 años y una sanción de multa 1.000 a 50.000 UT y si hay reincidencia se procederá a la clausura del almacén, depósito o establecimiento.

Por Reventa de Productos de Primera Necesidad, se establece prisión de 2 a 6 años y una multa que va de 500 a 1.000 UT. La reincidencia será sancionada con ocupación temporal del inmueble por 90 días.

Si se comete Contrabando de Extracción, la ley  impone prisión de 10 a 14 años y por usura penas de 4 a 6 años.

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