Provisiones especiales de los bancos deberán mantenerse hasta diciembre de 2014
La Gaceta Oficial N° 40.304, correspondiente al 28 de noviembre de 2013, publicó una resolución del Ministerio de Finanzas mediante la cual la Sudeban extiende el plazo para la aplicación de las medidas de carácter temporal para la constitución de provisiones para los créditos o microcréditos otorgados a personas naturales y jurídicas, cuyos bienes fueron expropiados, ocupados o intervenidos por el Estado venezolano.
La normativa señala que el plazo de seis meses que establece la ley para regular la clasificación del riesgo en la cartera de créditos y el cálculo de sus provisiones, comenzará a computarse a partir del 1 de diciembre de 2014 debido a que la medida expiraba mañana.
"El plazo de seis meses para adecuarse a las normas que regulen la clasificación del riesgo en la cartera de créditos y el cálculo de sus provisiones dispuesto en el artículo 7 de la mencionada Resolución, comenzará a computarse a partir del 1 de diciembre de 2014", dice la resolución de Sudeban.
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En los próximos días, el BCV realizará reuniones técnicas con representantes de la banca, a fin de realizar los ajustes pertinentes previos a la entrada en vigencia de la medida
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