Viernes 07 de Agosto de 2026

Cupos efectivo y electrónico se restarán a los $3.000 anuales

MODIFICACIÓN
Enmienda cambiaria establece nuevos montos de asignación. Perú, Panamá y Florida son los destinos perjudicados

Los dólares de internet y en efectivo serán ahora descontados de los USD 3.000 que autoriza la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi). La Providencia número 125 de la Gaceta extraordinaria 6.122, que circula este viernes,  así lo establece.

Los nuevos sistemas de cobro a naturales que adquieran divisas en el país, por concepto de gastos efectuados en el extranjero o por comercio electrónico, fueron expuestos en el artículo 2 de la Providencia oficial.

Artículo 2. "Cadivi podrá autorizar hasta un monto máximo de USD 3.000 o su equivalente en otras divisas por año, a cada usuario. De dicho monto serán descontados los montos autorizados conforme a cada modalidad, bien sea: autorización para realizar pagos en divisas con tarjeta de crédito en el extranjero con ocasión de viajes al exterior; autorización para realizar pagos de consumos de bienes y servicios efectuados con tarjetas de crédito mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el extranjero desde la República Bolivariana de Venezuela y autorización de adquisición de divisas en efectivo, bajo los parámetros y con las limitaciones de cada modalidad”.

No obstante, cabe aclarar que el descuento no tendrá relación con el monto máximo para cada destino, sino con el monto anual que asigna el mecanismo cambiario.

Perú, Panamá y Florida fueron los destinos perjudicados

En el texto oficial también aparecen los nuevos montos de asignación de moneda extrajera para viajes a Perú, Panamá y Florida. Los tres destinos ahora podrán optar sólo a un máximo de $700, según tiempo de estadía.

Según la tabla expuesta en Gaceta, para una estadía de entre uno y tres días en Florida y Perú, los viajeros podrán adquirir un monto máximo de $300 (anteriormente, $1.000); si el viaje tiene una duración de entre cuatro y siete días, $500 (anteriores $2.000); y para períodos más largos el monto serán de hasta 700 dólares (otrora $2.500).

En el caso de Panamá, antes el cupo asignado para más de ocho días de estadía era de $1000 (ahora $700); los restantes días quedaron con la misma asignación.

Los montos asignados a los demás destinos fueron ratificados.

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Enmienda anti-raspado

No obstante, la Providencia especifica también que el monto asignado por país solo podrá ser utilizado en el destino indicado en la solicitud de divisas aprobada por la Comisión. Entonces, si un usuario decidiera gastar su cupo viajero en un destino que permitiera una asignación diferente, solo podría gastar el monto menor establecido para ese país.

“Para los consumos que se realicen en grupo de países distintos al que pertenece el destino indicado en la solicitud, solo se podrá  utilizar el monto menor indicado en la tabla para tales grupos de países, debitándose estos consumos del monto autorizado”, establece el artículo 20 del texto.

En este orden: si un usuario viaja a Nueva York (EE.UU) por un lapso mayor a 8 días, podrá adquirir hasta $2.500. Pero si, después de aprobada su solicitud de divisas al primer destino, decidiera trasladarse al estado de Florida (EE.UU), sólo podría utilizar $300, que es el monto mínimo asignado para ese destino. 

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