Martes 23 de Abril de 2024

Exportadores alertan sobre convenio 1 y piden efectiva eliminación del control de cambio

COMUNICADO
"En el Convenio Cambiario N° 1 se mantiene, en su artículo 57, la obligación para el sector exportador privado no petrolero, de liquidar ante el Banco Central de Venezuela, 20% de los ingresos percibidos por concepto de exportaciones. Dicho porcentaje nos sigue pareciendo inconveniente", dijo la AVEX

La Asociación Venezolana de Exportadores (AVEX) plantea una "efectiva eliminación" del control de cambio para apuntalar las exportaciones no petroleras.

El ente también cuestionó el convenio cambiario número 1 y dijo que es inconveniente el porcentaje de divisas que debe ser cancelado al Banco Central de Venezuela.

A continuación el comunicado íntegro:

1.- En primer lugar, creemos importante señalar que el actual debate nacional sobre política económica, en general, y sobre política cambiaria, en particular, se da en un contexto en que las exportaciones no petroleras del país han crecido durante el primer trimestre del presente año – aproximadamente 6% con relación al mismo período del año anterior - pero ello implica una reducción de las tasas que venían creciendo las exportaciones no petroleras en el transcurso del año 2017. El mantener y aumentar las tasas de crecimiento de esta actividad exportadora depende fundamentalmente del empuje de los empresarios venezolanos, pero también de la existencia de políticas económicas que permitan ganar estabilidad y competitividad.

2.-  La caída de la producción petrolera y de los precios internacionales del petróleo durante los últimos dos años,  junto con  otras circunstancias de la economía nacional e internacional, llevan a  que Venezuela tenga necesidad urgente de producir para exportar, o en otras palabras, de producir dólares, lo que solo se podrá llevar adelante con una política económica que implique la efectiva eliminación del control de cambio y el pleno imperio de una situación de libre convertibilidad de la moneda nacional . Ello permitiría acercarnos a una situación que contribuya a mejorar la competitividad de las exportaciones no petroleras, y a la existencia de una economía diversificada y sólida.

3.- La existencia de una tasa de cambio libre, única y competitiva, siendo importante en sí misma, si se llega a establecer – solo alcanzará su pleno sentido en la medida en que vaya acompañada de políticas que eliminen el déficit fiscal, las emisiones inorgánicas de dinero, el control de precios y la existencia de una tasa interés bancario negativa.

4.- En el Convenio Cambiario N° 1 se mantiene, en su artículo 57, la obligación para el sector exportador privado no petrolero, de liquidar ante el Banco Central de Venezuela, 20% de los ingresos percibidos por concepto de exportaciones. Dicho porcentaje nos sigue pareciendo inconveniente. Creemos – tal como lo hemos hecho ver en múltiples reuniones y declaraciones institucionales - que se debe caminar hacia una situación en la cual las divisas fruto de la actividad exportadora puedan ser íntegramente manejadas por el exportador, con entera libertad, para efectos de sufragar los gastos en el exterior, y para poder reeditar en el interior del país el proceso productivo, que requiere en la mayoría de las empresas un alto porcentaje de componente importado.

5.- Pero también, para las empresas que requieran vender en Venezuela más de ese 20% por sus mismas exigencias del proceso productivo, se debe garantizar una tasa de cambio competitiva que genere como contrapartida unos bolívares acordes con la inflación local.

6.- Por ello, nos preocupa también que la tasa a la cual se realice esa venta obligada al BCV se fije de acuerdo a un mecanismo igual o similar al que se viene aplicando actualmente en el Dicom, el cual carece de la necesaria transparencia y arroja una tasa muy distante de los valores imperantes en el mercado.

7.- Consideramos, en todo caso, positivo, que se establezca claramente que las facturas a presentar en aduana por el monto de lo exportado, sean nominadas en dólares, así como también las obligaciones tributarias que correspondan. Esto tiene que dar origen, necesariamente, a normas contable en que las operaciones en dólares se registren, en la contabilidad empresarial y tributaria, a la tasa de cambio del momento en que se llevan adelante las operaciones que generan los aumentos o disminuciones de los activos y pasivos de las empresas.

8.- Dentro de las actividades de la AVEX, el próximo miércoles 19 de septiembre, estaremos desarrollando conjuntamente con Consecomercio un taller de inducción para la rueda de negocios titulado: Claves para el Éxito en Ruedas de Negocios, en el Hotel Eurobuilding de Caracas, como parte de la Rueda de Negocios internacionales que se realizará el próximo 24 y 25 de octubre.

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