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Banca
BCV y el Millardito

Las reservas internacionales son una cantidad determinada de recursos (generalmente dinero representado en diferentes monedas y oro) que los países poseen y utilizan, principalmente, para cumplir con compromisos internacionales (amortización de la deuda externa y pago de intereses) y como medios de pago; es decir, como herramientas utilizadas y aceptadas por el mundo en general para realizar intercambios comerciales. Igualmente son utilizadas por cada país para resguardar el valor de sus monedas. Para que la moneda de un país sea considerada como medio de pago debe tener un valor estable, el respaldo de una economía sólida y participar permanentemente en el comercio internacional. Las monedas de países como Estados Unidos (dólar) o la Unión Europea (euro) cumplen los anteriores requisitos. Este concepto es de carácter universal.

En el caso de Venezuela, las reservas internacionales le pertenecen al país pero están administradas por el Banco Central de Venezuela. Las Reservas Internacionales también pueden ser utilizadas por el Banco Central de Venezuela para intervenir el mercado cambiario con la finalidad de evitar que el Bolívar pierda demasiado valor en comparación con otras monedas extranjeras (la moneda de un país se compara principalmente con el dólar, no obstante el euro juega cada vez un papel más importante como moneda resguardo). Para cumplir con la anterior función, el Banco Central de Venezuela define unos límites dentro de los cuales se debe encontrar el precio de la moneda extranjera. Cuando el valor de la moneda extranjera excede dichos límites, el Banco decide vender reservas internacionales para que la moneda extranjera tenga más oferta (no sea tan escasa) y pierda valor en comparación con la moneda local. Si esta medida no se hace suficiente para detener la demanda de la moneda extranjera, el Banco Central recurre a la medida no deseada del Control de Cambios. El gobierno impuso en febrero 2003 un control de cambios para enfrentar la fuga masiva de capitales que se generó como consecuencia de la huelga de 63 días que se hizo para presionar la renuncia del presidente Chávez. Esta decisión trajo como consecuencia que en ese periodo de restricción de divisas las reservas internacionales aumentaran en US$ 7.255 millones para ubicarse al cierre del año en US$ 21.299 millones, las cuales son equivalentes a dos años de importaciones del 2003. Es importante resaltar que en los primeros nueve meses de ese año las importaciones se ubicaron en US$ 7.132 millones versus 14.040 millones en el 2001 y 13.137 millones en 1998. En el 2001 las reservas internacionales equivalían a 12 meses de importaciones y en 1998 a 10 meses y medio.

Mientras más reservas internacionales tenga un país, más respaldo existe para defender el valor de la moneda local. En estos casos, la moneda local se fortalece y no es tan vulnerable frente a variables que afecten su valor. Asimismo, se debe tener en cuenta que un valor muy alto de la moneda local tampoco es bueno; el banco central, en estos casos, puede optar por comprar monedas extranjeras buscando un efecto contrario al anterior, tratando de mantener un precio de la moneda local que garantice la estabilidad económica del país y la competitividad de sus exportaciones.

El aumento de las reservas internacionales es el resultado de ciertas transacciones que un país realiza con el exterior. Las transacciones que permiten aumentar las reservas internacionales son, entre otras, las exportaciones, los créditos de bancos extranjeros, las transferencias o giros hacia el país hechos por venezolanos en el exterior, la inversión extranjera en el país o la aplicación de un control de cambio. Por el contrario, las que disminuyen las reservas internacionales son, entre otras, las importaciones, los pagos de deudas contraídas en el exterior y los giros de venezolanos desde el interior hacia el exterior, producto de la desconfianza en la economía y perspectivas del país. Ahora el gobierno nacional esta tratando de añadir un nuevo elemento: Las exigencias del ejecutivo nacional. Se debe estar muy consciente que si existe algo saludable para la economía de un país es la autonomía de su autoridad monetaria. En el momento en que el BCV deje de tener autoridad y autonomía estaremos perdiendo las garantías de controlar la inflación, de mantener la estabilidad y solidez de nuestro signo monetario y por supuesto de conservar nuestra soberanía financiera frente al mundo entero.

Desde hace no menos de dos años el ente emisor ha venido recibiendo fuerte presión por parte del ejecutivo tratando de supeditarlo al control del gobierno. Así hemos visto la propuesta de reforma de la Ley del BCV, con la finalidad de lograr adelanto de la Utilidades Cambiarias, luego se le adicionó la remoción de los directores con la mayoría simple de la Asamblea Nacional, pero la posición adversa de distintas corrientes limito al parlamento a centrarse solamente en el articulo de las Utilidades Cambiarias. Con relación al Control de Cambios muchos directores mostraron su desacuerdo. Posteriormente el Presidente de la Republica les pidió al BCV que fijaran los intereses, solicitud que fue rechazada por la junta del instituto. Ahora, solicitan una vez más al BCV, la utilización de las Reservas Internacionales hasta por un millardo de dólares para financiar un plan extraordinario de siembras en el sector agrícola. La ley del Instituto emisor establece claramente que el BCV está facultado para atender programas agrícolas a través del descuento y redescuento de Letras de Cambio o Pagarés, cuya razón sea la del financiamiento al sector. Esta política es utilizada de manera recurrente por el BCV. Por lo tanto el ejecutivo no debe forzar al instituto emisor y este último está en la obligación de no ceder ante tal planteamiento. Si el ejecutivo desea realmente financiar al sector agrícola hasta por la suma solicitada, la solución esta dentro del marco de la ley actual. No existe fundamento económico, financiero ni legal para pedirle al BCV que le entregue al ejecutivo un millardo de dólares basando tal requerimiento en que existen suficientes reservas internacionales o en que las mismas deben ser utilizadas para planes especiales cuando así lo considere el ejecutivo. Emplear las reservas monetarias del país para un fin distinto al señalado en el ordenamiento legal es crear un precedente cuyas consecuencias serian impredecibles para el presente y futuro de nuestra economía.

Tanto la Constitución en su artículo 320, como la disposición 36 de la ley del BCV le prohíben al instituto emisor financiar políticas fiscales deficitarias y otorgar créditos directos al gobierno. El BCV solo puede regirse por las disposiciones señaladas en la ley. La verdadera democracia reside en la autonomía de sus poderes públicos y el ejecutivo esta en la responsabilidad de respetar tal autonomía.

(*) Director Principal
Aristimuño Herrera & Asociados*
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